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Ciudadanía turca por inversión

Las solicitudes de ciudadanía turca basadas en inversiones inmobiliarias se modificaron mediante cambios normativos recientes, que redujeron los umbrales de inversión y aclararon la elegibilidad.

Solicitudes de ciudadanía turca basadas en inversiones inmobiliarias

I. PANORAMA GENERAL

Hasta los recientes cambios del marco normativo, Turquía mantenía una política muy estricta en materia de concesión de ciudadanía a extranjeros y, en particular, no concedía la ciudadanía turca sobre la base de ningún tipo de inversión. Las razones de esta política estricta varían, aunque se acepta ampliamente que obedecía a la singular posición geográfica de Turquía y a la inestabilidad de la región situada al este del país. En cualquier caso, hasta fechas recientes una inversión o una consulta directa de inmigración no abría ningún canal directo para la inmigración. Sin embargo, este régimen cambió con la Decisión del Consejo de Ministros No. 2016/9601, publicada en el Boletín Oficial de fecha 12 de enero de 2017, que implementó una nueva política respecto de las solicitudes de ciudadanía. Con estos cambios, la adquisición de fondos de inversión inmobiliaria y/o fondos de inversión de capital riesgo permite ahora a los extranjeros obtener la ciudadanía.

II. RESUMEN DE LOS CAMBIOS RECIENTES DEL MARCO NORMATIVO

a) Modificaciones realizadas a comienzos de 2017

Como se ha señalado, el Consejo de Ministros adoptó una nueva decisión que modificó el ‘Reglamento por el que se modifica el Reglamento relativo a la Implementación de la Ley de Ciudadanía Turca’ e introdujo, por tanto, una nueva política para las solicitudes de ciudadanía. Con esta nueva política, el Gobierno turco introdujo la posibilidad de obtener la ciudadanía turca mediante una inversión en Turquía, de forma similar a otros países del mundo, aunque con determinadas reservas. Aunque los criterios para dicha inversión fueron posteriormente modificados de nuevo, los cambios iniciales del marco establecieron que los extranjeros que cumplieran al menos uno de los requisitos de inversión indicados a continuación podían obtener la ciudadanía, sujeto a la aprobación y a una decisión administrativa del Consejo de Ministros:

a) Extranjeros que realicen una inversión de capital fijo mínima de $2.000.000;
b) Extranjeros que adquieran un inmueble con un valor mínimo de $1.000.000 (dicho inmueble deberá contar además con una anotación de prohibición de venta durante al menos 3 años en el registro de la propiedad correspondiente);
c) Extranjeros que generen empleo para al menos 100 personas;
d) Extranjeros que depositen un mínimo de $3.000.000 en bancos que operen en Turquía, con la condición de mantener dicho depósito en el banco correspondiente durante al menos 3 años
e) Extranjeros que adquieran un mínimo de $3.000.000 en instrumentos de deuda pública y los mantengan en reserva durante al menos 3 años

Debe señalarse nuevamente que estos criterios han vuelto a cambiar y, por tanto, no son actualmente válidos.

b) Últimas modificaciones realizadas en 2018

Tras las crisis monetaria y económica de mediados de 2018, el tipo de cambio USD/TRY aumentó drásticamente y la TRY se depreció casi un 40%. Esta crisis monetaria también afectó al mercado inmobiliario y a los criterios previamente establecidos para las adquisiciones por extranjeros. Debido a la devaluación de la moneda turca, el Gobierno decidió reducir los umbrales de inversión para hacer estas inversiones más viables.

En consecuencia, se publicó una nueva regulación en el Boletín Oficial de fecha 19 de septiembre de 2018, que modificó nuevamente el Reglamento relativo a la Implementación de la Ley de Ciudadanía Turca. Según esta última modificación, los criterios actuales de elegibilidad para la ciudadanía turca son los siguientes:

a) Extranjeros que realicen una inversión de capital fijo mínima de $500.000;
b) Extranjeros que adquieran un inmueble con un valor mínimo de $250.000 (dicho inmueble deberá contar además con una anotación de prohibición de venta durante al menos 3 años en el registro de la propiedad correspondiente);
c) Extranjeros que generen empleo para al menos 50 personas;
d) Extranjeros que depositen un mínimo de $500.000 en bancos que operen en Turquía, con la condición de mantener dicho depósito en el banco correspondiente durante al menos 3 años
e) Extranjeros que adquieran un mínimo de $500.000 en instrumentos de deuda pública y los mantengan en reserva durante al menos 3 años

III. ELEGIBILIDAD Y SOLICITUD DE CIUDADANÍA TURCA

Considerando los cambios recientes del marco normativo, los extranjeros serán elegibles para solicitar la ciudadanía turca mediante una de las opciones de inversión señaladas anteriormente, siendo la adquisición de bienes inmuebles la opción más rápida y económica. Sin embargo, los cambios sucesivos en los criterios de dichos procedimientos de solicitud durante los últimos 2 años han generado cierta confusión sobre la elegibilidad de quienes adquirieron inmuebles antes de las modificaciones recientes.

Como se ha indicado, el valor mínimo del inmueble para las solicitudes de ciudadanía se fijó inicialmente en $1.000.000, y posteriormente se redujo a $250.000 con las últimas modificaciones de fecha 19 de septiembre de 2018. No obstante, el Reglamento no indicó expresamente qué ocurriría si un inmueble se adquirió por $250.000 (o por menos de $1.000.000) antes de que se implementaran los cambios recientes (y, por tanto, el criterio estaba fijado en $1.000.000 en la fecha de adquisición, aunque luego se redujo a $250.000). Para resolver esta confusión, el Ministerio de Medio Ambiente y Urbanismo publicó la Circular No: 2018/15-1791 de fecha 15 de octubre de 2018. Según esta Circular, respecto de los procedimientos de solicitud de ciudadanía, para los inmuebles adquiridos entre el 12 de enero de 2018 y el 18 de septiembre de 2018 el umbral mínimo de valor será de $1.000.000, mientras que para los inmuebles adquiridos después del 18 de septiembre de 2018 dicho umbral será de $250.000.

En consecuencia, los extranjeros que adquirieron un inmueble en Turquía entre el 12 de enero de 2018 y el 18 de septiembre de 2018 por al menos $1.000.000, y aquellos que adquirieron un inmueble en Turquía después del 18 de septiembre de 2018 por al menos $250.000, serán elegibles para solicitar la ciudadanía turca. Además, dado que el Reglamento remite al artículo 12 de la Ley de Ciudadanía Turca para dichas solicitudes de ciudadanía, los cónyuges de los inversores extranjeros y sus hijos menores de 18 años también serán directamente elegibles para una solicitud de ciudadanía. Sin embargo, los propios procedimientos de solicitud de ciudadanía turca son bastante complejos y debe prestarse gran atención durante la adquisición del inmueble para cumplir todos los criterios y procedimientos de dicho proceso de solicitud. Consulte nuestra sección de Inmigración para obtener más detalles sobre cómo ASY LEGAL puede asistirle, así como nuestra breve infografía que resume los procedimientos para solicitar la ciudadanía turca por inversión.

Esta traducción se ofrece únicamente con fines informativos y puede presentar diferencias respecto del texto original.

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