{"id":10467,"date":"2020-07-02T11:48:00","date_gmt":"2020-07-02T11:48:00","guid":{"rendered":"https:\/\/asy9.webcozumleri.com\/insights\/mensajes-electronicos-comerciales\/"},"modified":"2020-07-02T11:48:00","modified_gmt":"2020-07-02T11:48:00","slug":"mensajes-electronicos-comerciales","status":"publish","type":"insight","link":"https:\/\/asy9.webcozumleri.com\/es\/insights\/mensajes-electronicos-comerciales\/","title":{"rendered":"Mensajes electr\u00f3nicos comerciales"},"content":{"rendered":"<h2 class=\"wp-block-heading\">Mensajes electr\u00f3nicos comerciales y proceso de registro en el Sistema de Gesti\u00f3n de Mensajes<\/h2>\n<div class=\"wp-block-cover is-light has-parallax\" style=\"background-image:url(https:\/\/asylegal.com\/wp-content\/uploads\/2022\/04\/commercial-electronic-messages.jpeg)\"><span aria-hidden=\"true\" class=\"wp-block-cover__background has-background-dim\"><\/span><\/p>\n<div class=\"wp-block-cover__inner-container is-layout-flow wp-block-cover-is-layout-flow\">\n<p class=\"has-white-color has-text-color\">Con la entrada en vigor de la Ley No. 6563 sobre la Regulaci\u00f3n del Comercio Electr\u00f3nico (la Ley), el env\u00edo a usuarios y clientes de <strong><em><u>mensajes electr\u00f3nicos comerciales<\/u><\/em><\/strong> utilizados por muchas empresas con fines promocionales y publicitarios qued\u00f3 sujeto a determinados t\u00e9rminos y condiciones. Tras las recientes modificaciones introducidas en el Reglamento sobre Comunicaci\u00f3n Comercial y Mensajes Electr\u00f3nicos Comerciales (el Reglamento), las personas e instituciones (proveedores de servicios) que deseen enviar mensajes electr\u00f3nicos comerciales a sus usuarios y clientes est\u00e1n obligadas a registrarse en <strong><em><u>el Sistema de Gesti\u00f3n de Mensajes<\/u><\/em><\/strong> (<a href=\"https:\/\/iys.org.tr\/\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">IYS<\/a>). Es muy importante que los proveedores de servicios presten la m\u00e1xima atenci\u00f3n a estas obligaciones para no enfrentarse a sanciones administrativas severas.<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n<h2 class=\"has-vivid-cyan-blue-color has-text-color wp-block-heading\"><strong>Definici\u00f3n de mensaje electr\u00f3nico comercial y obtenci\u00f3n de autorizaci\u00f3n<\/strong><strong><\/strong><\/h2>\n<p><strong> <\/strong>El mensaje electr\u00f3nico comercial se define en el art\u00edculo 2 de la Ley y en el art\u00edculo 4 del Reglamento. De conformidad con ambos art\u00edculos, se entiende por mensaje electr\u00f3nico comercial \u201c<em>un mensaje que contiene datos, audio y contenido visual, enviado con fines comerciales y realizado en un entorno electr\u00f3nico mediante medios tales como tel\u00e9fono, centros de llamadas, fax, m\u00e1quinas de marcaci\u00f3n autom\u00e1tica, sistemas inteligentes de grabaci\u00f3n de voz, correo electr\u00f3nico o servicio de mensajes cortos.<\/em>\u201d. <\/p>\n<p>Aunque aqu\u00ed se formula una definici\u00f3n general, las instituciones y organizaciones que desean enviar mensajes a sus clientes no siempre pueden tener certeza sobre qu\u00e9 mensajes ser\u00e1n considerados comerciales. Dado que, conforme al art\u00edculo 6 de la Ley, los mensajes electr\u00f3nicos comerciales solo pueden enviarse cuando exista consentimiento previo de los destinatarios, resulta muy importante determinar qu\u00e9 mensajes se considerar\u00e1n mensajes electr\u00f3nicos comerciales.<\/p>\n<p>Para eliminar esta incertidumbre, la modificaci\u00f3n introducida en el art\u00edculo 5 del Reglamento determin\u00f3 de forma clara qu\u00e9 mensajes se considerar\u00e1n mensajes electr\u00f3nicos comerciales. De conformidad con este art\u00edculo 5, todo mensaje <em>enviado a las direcciones de comunicaci\u00f3n electr\u00f3nica de los destinatarios con el fin de promocionar y comercializar bienes y servicios, promocionar la actividad empresarial o aumentar el reconocimiento mediante contenidos tales como felicitaciones y buenos deseos ser\u00e1 considerado <strong><u>mensaje electr\u00f3nico comercial<\/u><\/strong><\/em> y, por tanto, no podr\u00e1 enviarse sin el consentimiento previo del destinatario. .<\/p>\n<p>Como se ha indicado anteriormente, de conformidad con el art\u00edculo 6 de la Ley, se requiere la autorizaci\u00f3n previa de los destinatarios correspondientes para poder enviarles mensajes electr\u00f3nicos comerciales. Es posible obtener dicho consentimiento por escrito o mediante cualquier medio de comunicaci\u00f3n electr\u00f3nica. <\/p>\n<p>Otro punto que debe tenerse en cuenta es que las disposiciones de esta Ley y de la Ley de Protecci\u00f3n de Datos Personales No. 6698 (KVKK) entran en conflicto en cuanto a la autorizaci\u00f3n que debe obtenerse. Esta contradicci\u00f3n se ha hecho a\u00fan m\u00e1s evidente con las decisiones m\u00e1s recientes de la Autoridad de Protecci\u00f3n de Datos Personales. Por ello, al obtener una autorizaci\u00f3n de comunicaci\u00f3n para mensajes electr\u00f3nicos comerciales, es importante considerar las disposiciones sobre consentimiento expreso previstas en la KVKK y obtener la autorizaci\u00f3n\/consentimiento de conformidad con las disposiciones de ambas leyes.<\/p>\n<h2 class=\"has-vivid-cyan-blue-color has-text-color wp-block-heading\"><strong>Sistema de Gesti\u00f3n de Mensajes y obligaci\u00f3n de registro<\/strong><strong><\/strong><\/h2>\n<p>Aunque las disposiciones de la Ley y del Reglamento, as\u00ed como los procedimientos y principios relativos al env\u00edo de mensajes electr\u00f3nicos comerciales, est\u00e1n definidos con claridad, en la pr\u00e1ctica se observan problemas como la imposibilidad de que los destinatarios sigan a qu\u00e9 personas e instituciones han otorgado su autorizaci\u00f3n y bajo qu\u00e9 condiciones, as\u00ed como la continuaci\u00f3n del env\u00edo de mensajes por parte de remitentes a destinatarios que no han concedido permiso. <\/p>\n<p><strong><em><u>El Sistema Turco de Gesti\u00f3n de Mensajes Comerciales<\/u><\/em><\/strong> (IYS) fue introducido mediante la modificaci\u00f3n del Reglamento con el fin de eliminar estos problemas, introducir todas las autorizaciones recibidas de los destinatarios en un sistema nacional integrado, controlar las autorizaciones a trav\u00e9s de dicho sistema y enviar los mensajes en consecuencia .<\/p>\n<p>El IYS puede resumirse como un sistema nacional de autorizaciones. Con este sistema se pretende que los proveedores de servicios que deseen enviar mensajes electr\u00f3nicos comerciales puedan obtener la autorizaci\u00f3n de los destinatarios a trav\u00e9s del IYS, que los destinatarios puedan ejercer su derecho de cancelaci\u00f3n y rechazo respecto de las autorizaciones que hayan otorgado anteriormente, y que tambi\u00e9n puedan presentar mediante este sistema sus reclamaciones sobre env\u00edos realizados en infracci\u00f3n de la normativa.<\/p>\n<p>En este contexto, para que el sistema sea nacional e integrado y para que todos los destinatarios puedan verificar sus autorizaciones a trav\u00e9s del sistema, la modificaci\u00f3n introducida en el art\u00edculo 5 del Reglamento exigi\u00f3 que los proveedores de servicios que deseen enviar mensajes electr\u00f3nicos comerciales se registren en el IYS. En consecuencia, los proveedores de servicios est\u00e1n obligados a registrarse en el IYS y a cargar en este sistema las autorizaciones que reciban de los destinatarios. De conformidad con el art\u00edculo 5\/3 del Reglamento, queda prohibido enviar mensajes electr\u00f3nicos comerciales a destinatarios que no cuenten con autorizaci\u00f3n en el Sistema de Gesti\u00f3n de Mensajes.<\/p>\n<h2 class=\"has-vivid-cyan-blue-color has-text-color wp-block-heading\"><strong>Personas e instituciones obligadas a registrarse en el Sistema de Gesti\u00f3n de Mensajes<\/strong><strong><\/strong><\/h2>\n<p><strong> <\/strong>La expresi\u00f3n \u201cproveedores de servicios\u201d utilizada en el Reglamento genera el malentendido de que algunas personas f\u00edsicas y jur\u00eddicas no tienen que registrarse en este sistema IYS. Ello se debe a que el Reglamento define a los proveedores de servicios como \u201c<em>personas f\u00edsicas o jur\u00eddicas que realizan actividades de comercio electr\u00f3nico\u201d. <\/em>A partir de esta definici\u00f3n podr\u00eda concluirse que \u00fanicamente las personas f\u00edsicas y jur\u00eddicas que realizan actividades de comercio electr\u00f3nico est\u00e1n obligadas a registrarse; sin embargo, el art\u00edculo 5\/2 del Reglamento exige que todas las personas f\u00edsicas y jur\u00eddicas que deseen enviar mensajes electr\u00f3nicos comerciales se registren en el IYS.<\/p>\n<p>Por tanto, todas las personas f\u00edsicas que realicen actividades comerciales de cualquier forma y\/o deseen enviar mensajes electr\u00f3nicos comerciales a las direcciones de comunicaci\u00f3n electr\u00f3nica de los destinatarios para promocionar su propia marca y\/o negocio y\/o publicitar sus servicios\/productos, o para aumentar su reconocimiento mediante contenidos tales como celebraciones y buenos deseos, as\u00ed como las personas jur\u00eddicas, est\u00e1n obligadas a registrarse en este Sistema de Gesti\u00f3n de Mensajes y a cargar en el IYS todas las autorizaciones que hayan recibido previamente de los destinatarios. <\/p>\n<p>Todas las personas e instituciones que env\u00eden mensajes electr\u00f3nicos comerciales a destinatarios sin cumplir estas obligaciones y sin registrarse en el IYS y\/o sin contar con autorizaci\u00f3n en el sistema podr\u00e1n enfrentarse a sanciones administrativas tanto en virtud de la Ley sobre la Regulaci\u00f3n del Comercio Electr\u00f3nico como de la KVKK.<\/p>\n<p>La fecha l\u00edmite para que los proveedores de servicios obligados a registrarse en el IYS completaran su registro en el sistema se fij\u00f3 inicialmente en el 31.05.2020. Sin embargo, debido al impacto negativo de la epidemia de Covid-19 en la vida diaria y a las interrupciones de los procesos empresariales durante este periodo, dicha fecha l\u00edmite fue aplazada al 31.08.2020. Por tanto, los proveedores de servicios <strong><u>deben completar su registro en el Sistema de Gesti\u00f3n de Mensajes y cargar en el sistema las autorizaciones existentes de los destinatarios a m\u00e1s tardar el 31.08.2020<\/u><\/strong> .<\/p>\n<h2 class=\"has-vivid-cyan-blue-color has-text-color wp-block-heading\"><strong>Validez de las autorizaciones recibidas antes del registro<\/strong><strong><\/strong><\/h2>\n<p><strong> <\/strong>Como se ha mencionado anteriormente, las autorizaciones de comunicaci\u00f3n obtenidas de los destinatarios conforme a las disposiciones de la Ley y del Reglamento antes del registro en el Sistema de Gesti\u00f3n de Mensajes tambi\u00e9n deben cargarse en el IYS a m\u00e1s tardar el 31.08.2020. Tras la carga de estas autorizaciones en el sistema, los destinatarios podr\u00e1n comprobar todas las autorizaciones que hayan otorgado a trav\u00e9s del sistema hasta el 1 de diciembre de 2020 y cancelar las autorizaciones que deseen. <\/p>\n<p>Se acepta que, si las autorizaciones cargadas en el sistema hasta el 31.08.2020 no son canceladas por los destinatarios hasta el 1 de diciembre de 2020, dichas autorizaciones tambi\u00e9n ser\u00e1n v\u00e1lidas para el nuevo sistema. Por tanto, las autorizaciones obtenidas antes del registro se presentan al IYS el 31.08.<\/p>\n<p><em>Esta traducci\u00f3n se ofrece \u00fanicamente con fines informativos y puede presentar diferencias respecto del texto original.<\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Proceso de registro de mensajes electr\u00f3nicos comerciales y del Sistema de Gesti\u00f3n de Mensajes en Turqu\u00eda, incluidas las autorizaciones previas, las obligaciones de registro y los riesgos sancionadores.<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":5302,"template":"","insight_category":[],"insight_topic":[],"class_list":["post-10467","insight","type-insight","status-publish","has-post-thumbnail","hentry"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/asy9.webcozumleri.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/insight\/10467","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/asy9.webcozumleri.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/insight"}],"about":[{"href":"https:\/\/asy9.webcozumleri.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/insight"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/asy9.webcozumleri.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/asy9.webcozumleri.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/insight\/10467\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/asy9.webcozumleri.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/5302"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/asy9.webcozumleri.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=10467"}],"wp:term":[{"taxonomy":"insight_category","embeddable":true,"href":"https:\/\/asy9.webcozumleri.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/insight_category?post=10467"},{"taxonomy":"insight_topic","embeddable":true,"href":"https:\/\/asy9.webcozumleri.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/insight_topic?post=10467"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}