{"id":10029,"date":"2025-12-12T12:14:11","date_gmt":"2025-12-12T12:14:11","guid":{"rendered":"https:\/\/asy9.webcozumleri.com\/insights\/prohibicion-fotocopias-documentos-identidad-hoteles-turquia\/"},"modified":"2026-05-21T14:26:27","modified_gmt":"2026-05-21T14:26:27","slug":"prohibicion-fotocopias-documentos-identidad-hoteles-turquia","status":"publish","type":"insight","link":"https:\/\/asy9.webcozumleri.com\/es\/insights\/prohibicion-fotocopias-documentos-identidad-hoteles-turquia\/","title":{"rendered":"Prohibici\u00f3n de fotocopiar documentos de identidad en el check-in hotelero en Turqu\u00eda: impacto de la Autoridad de Protecci\u00f3n de Datos"},"content":{"rendered":"<h2><strong>I. Introducci\u00f3n<\/strong><\/h2>\n<p>El tratamiento de documentos de identidad en hoteles de Turqu\u00eda exige revisar las pr\u00e1cticas de check-in y conservaci\u00f3n de datos. Mediante su Decisi\u00f3n de Principio sobre el \u201c<a href=\"https:\/\/www.resmigazete.gov.tr\/eskiler\/2025\/12\/20251209-11.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Registro de fotocopias de los documentos de identidad turcos de personas que reciben servicios de alojamiento en el sector tur\u00edstico y hotelero<\/a>\u201d, publicada en el Bolet\u00edn Oficial de 9 de diciembre de 2025 y n\u00famero 33102, la Autoridad turca de Protecci\u00f3n de Datos Personales (\u201cAutoridad\u201d) examin\u00f3 la pr\u00e1ctica de larga data consistente en obtener fotocopias del documento de identidad durante estancias hoteleras en Turqu\u00eda, solicitadas a los hu\u00e9spedes durante el check-in y aplicada de forma casi uniforme por los responsables del tratamiento en el sector tur\u00edstico y hotelero. En esta Decisi\u00f3n de Principio, la Autoridad concluy\u00f3 que no existe base legal para registrar fotocopias de documentos de identidad y, por tanto, decidi\u00f3 que obtener dichas fotocopias es contrario a la ley.<\/p>\n<p>El hecho de que esta pr\u00e1ctica, que muchas instalaciones de alojamiento consideran un procedimiento rutinario y casi \u201cobligatorio\u201d, haya sido reevaluada por la Autoridad a la luz de la Ley de Protecci\u00f3n de Datos Personales n\u00fam. 6698 (\u201cLey\u201d o \u201cKVKK\u201d), tiene implicaciones significativas para todos los responsables del tratamiento del sector. De conformidad con esta Decisi\u00f3n de Principio, los responsables del tratamiento que operan hoteles y otros establecimientos tur\u00edsticos deben ahora revisar la conformidad de sus procesos de registro de hu\u00e9spedes y bases de datos con la Ley e iniciar nuevas medidas de cumplimiento.<\/p>\n<h2>II. <strong>Contenido y razonamiento de la Decisi\u00f3n de Principio sobre fotocopias de documentos de identidad en estancias hoteleras en Turqu\u00eda<\/strong><\/h2>\n<h3>2.1. Operaciones prohibidas y la p<strong>rohibici\u00f3n de fotocopias de documentos de identidad en estancias hoteleras en Turqu\u00eda<\/strong><\/h3>\n<p>En la Decisi\u00f3n de Principio se establece expresamente que los responsables del tratamiento que operan en el sector tur\u00edstico y hotelero deben poner fin a la pr\u00e1ctica de obtener fotocopias de documentos de identidad turcos de los hu\u00e9spedes alojados en sus instalaciones y de almacenar dichas fotocopias. En consecuencia, tomar una fotocopia f\u00edsica del documento de identidad del hu\u00e9sped, escanearlo en formato digital o guardar de cualquier modo su imagen visual en sistemas se considera una actividad de tratamiento de datos personales contraria a la KVKK.<\/p>\n<p>Con esta Decisi\u00f3n de Principio, la Autoridad no solo introduce una prohibici\u00f3n respecto de futuras actividades de tratamiento, sino que tambi\u00e9n exige que las fotocopias de documentos de identidad obtenidas antes de la fecha de publicaci\u00f3n de la Decisi\u00f3n de Principio sean destruidas conforme a la legislaci\u00f3n aplicable. En este contexto, los hoteles y otros establecimientos de alojamiento deben identificar todas las fotocopias de documentos de identidad conservadas tanto en archivos f\u00edsicos como en sistemas digitales y llevar a cabo procedimientos de supresi\u00f3n y destrucci\u00f3n conforme a las pol\u00edticas de conservaci\u00f3n y destrucci\u00f3n de datos personales de la empresa.<\/p>\n<h3>2.2. <strong>Fundamentos jur\u00eddicos y razonamiento de la prohibici\u00f3n de fotocopias de documentos de identidad en estancias hoteleras en Turqu\u00eda<\/strong><\/h3>\n<p>El razonamiento jur\u00eddico de la Decisi\u00f3n de Principio se basa esencialmente en una interpretaci\u00f3n conjunta de las disposiciones de la KVKK y de la Ley de Notificaci\u00f3n de Identidad n\u00fam. 1774 y su Reglamento de aplicaci\u00f3n. El art\u00edculo 5 de la KVKK establece las <a href=\"https:\/\/asy9.webcozumleri.com\/8-principles-for-lawful-personal-data-processing\/\">condiciones para el tratamiento de datos personales<\/a> de forma numerus clausus y dispone que el tratamiento solo es l\u00edcito cuando se apoya en determinados fundamentos legales, como estar expresamente previsto por la ley, ser necesario para la ejecuci\u00f3n de un contrato o ser obligatorio para el cumplimiento de una obligaci\u00f3n legal. El art\u00edculo 6, por su parte, somete el tratamiento de categor\u00edas especiales de datos personales a condiciones m\u00e1s estrictas.<\/p>\n<p>Con arreglo a la Ley de Notificaci\u00f3n de Identidad y al Reglamento correspondiente, los establecimientos de alojamiento est\u00e1n obligados a registrar la informaci\u00f3n de identidad de los hu\u00e9spedes y sus fechas de entrada y salida en el registro de alojamiento o en sistemas electr\u00f3nicos, y a mantener esta informaci\u00f3n disponible para inspecci\u00f3n por las autoridades competentes. Sin embargo, no existe disposici\u00f3n alguna en dicha legislaci\u00f3n que permita obtener fotocopias de documentos de identidad o almacenar tales fotocopias. Sobre esta base, la Autoridad concluye que obtener fotocopias de documentos de identidad no puede interpretarse como \u201cun requisito de una obligaci\u00f3n legal expresamente prevista por la ley\u201d.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, obtener una fotocopia de un documento de identidad implica tratar un alcance de datos m\u00e1s amplio de lo necesario para cumplir la obligaci\u00f3n de verificaci\u00f3n y registro de identidad. En particular, en los documentos de identidad de formato antiguo se incluye informaci\u00f3n como la religi\u00f3n y otras categor\u00edas especiales de datos personales; por tanto, obtener una fotocopia del documento de identidad crea riesgos adicionales en virtud del art\u00edculo 6 de la KVKK. Por estas razones, la Autoridad considera que la pr\u00e1ctica de obtener fotocopias de documentos de identidad es una actividad de tratamiento de datos sin base legal e incompatible con los principios de minimizaci\u00f3n de datos y de tratamiento de datos pertinentes, limitados y proporcionados a los fines para los que se tratan.<\/p>\n<h3>2.3. Alcance de la obligaci\u00f3n de verificaci\u00f3n de identidad tras la Decisi\u00f3n de Principio<\/h3>\n<p>Aunque la Decisi\u00f3n de Principio proh\u00edbe registrar fotocopias de documentos de identidad, no elimina la obligaci\u00f3n de verificaci\u00f3n de identidad de los establecimientos de alojamiento derivada de la Ley de Notificaci\u00f3n de Identidad. En otras palabras, los hoteles y otras empresas tur\u00edsticas seguir\u00e1n solicitando que los hu\u00e9spedes presenten sus documentos de identidad y seguir\u00e1n obligados a registrar la informaci\u00f3n obligatoria contenida en dichos documentos en el registro de alojamiento o en sistemas electr\u00f3nicos.<\/p>\n<p>En este marco, tras la Decisi\u00f3n de Principio, las siguientes pr\u00e1cticas siguen siendo l\u00edcitas y obligatorias:<\/p>\n<ul>\n<li>Solicitar que los hu\u00e9spedes presenten sus documentos de identidad y comprobar la informaci\u00f3n contenida en ellos,<\/li>\n<li>Registrar en el registro de alojamiento la informaci\u00f3n de identidad exigida por la legislaci\u00f3n aplicable (por ejemplo, nombre, apellidos, n\u00famero de identidad turco y fechas de llegada y salida),<\/li>\n<li>Mantener dichos registros disponibles para inspecci\u00f3n por las autoridades competentes.<\/li>\n<\/ul>\n<h2><strong>III. Obligaciones de cumplimiento para instalaciones tur\u00edsticas y de alojamiento<\/strong><\/h2>\n<h3>3.1. Actualizaci\u00f3n de los procedimientos de check-in de hu\u00e9spedes<\/h3>\n<p>Tras la Decisi\u00f3n de Principio, el primer paso consiste en revisar los procedimientos de check-in de hu\u00e9spedes y suspender de inmediato todas las pr\u00e1cticas que impliquen obtener fotocopias de documentos de identidad. Los procedimientos de recepci\u00f3n, formularios de check-in, tarjetas de registro de hu\u00e9spedes y el software hotelero utilizado (PMS, etc.) deben revisarse en consecuencia, y deben eliminarse todos los campos o instrucciones que soliciten fotocopias de documentos de identidad.<\/p>\n<p>Es esencial informar al personal de recepci\u00f3n y a otros empleados que intervienen en el proceso de registro de hu\u00e9spedes de que la obligaci\u00f3n de verificaci\u00f3n de identidad se limita a la presentaci\u00f3n del documento de identidad y al registro de la informaci\u00f3n de identidad necesaria, y de que bajo ninguna circunstancia pueden solicitarse fotocopias de documentos de identidad. Adem\u00e1s, los avisos de privacidad y las comunicaciones sobre tratamiento de datos personales deben actualizarse teniendo en cuenta que ya no se tratan fotocopias de documentos de identidad.<\/p>\n<h3>3.2. Identificaci\u00f3n y destrucci\u00f3n de fotocopias de documentos de identidad existentes<\/h3>\n<p>La Decisi\u00f3n de Principio no introduce \u00fanicamente una prohibici\u00f3n hacia el futuro; tambi\u00e9n hace obligatoria la destrucci\u00f3n de las fotocopias de documentos de identidad obtenidas previamente conforme a la legislaci\u00f3n. Por tanto, como primer paso, los establecimientos de alojamiento deben inventariar las fotocopias de documentos de identidad conservadas tanto en archivos f\u00edsicos como en entornos digitales. Carpetas de expedientes, salas de archivo, archivos de documentos escaneados, im\u00e1genes cargadas en sistemas PMS y adjuntos de correo electr\u00f3nico deben incluirse en esta revisi\u00f3n.<\/p>\n<p>Las fotocopias de documentos de identidad identificadas en este proceso deben suprimirse, destruirse o anonimizarse de conformidad con la pol\u00edtica de conservaci\u00f3n y destrucci\u00f3n de datos personales de la empresa, y la fecha y alcance de estas operaciones deben documentarse.<\/p>\n<h3>3.3. Revisi\u00f3n de la documentaci\u00f3n interna y de las relaciones contractuales<\/h3>\n<p>Para que el proceso de cumplimiento sea completo, no solo deben revisarse las pr\u00e1cticas reales, sino tambi\u00e9n la documentaci\u00f3n interna y las relaciones contractuales con encargados del tratamiento. El inventario de datos personales, las pol\u00edticas de conservaci\u00f3n y destrucci\u00f3n, los procedimientos de cumplimiento KVKK y las instrucciones a empleados deben actualizarse teniendo en cuenta que ya no se tratan fotocopias de documentos de identidad.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, los contratos celebrados con encargados del tratamiento, como proveedores de software hotelero, empresas externas de archivo o prestadores de servicios similares, deben examinarse para identificar cualquier disposici\u00f3n que haga referencia a fotocopias de documentos de identidad, y dichas disposiciones deben modificarse cuando sea necesario. De este modo, tanto el responsable del tratamiento (el establecimiento de alojamiento) como los encargados del tratamiento quedar\u00e1n alineados con la Decisi\u00f3n de Principio, reduciendo as\u00ed los posibles riesgos legales y administrativos.<\/p>\n<h2><strong>IV. Conclusi\u00f3n<\/strong><\/h2>\n<p>La Decisi\u00f3n de Principio de la Autoridad de Protecci\u00f3n de Datos Personales de 9 de diciembre de 2025 caracteriza expresamente una pr\u00e1ctica de larga data en el sector tur\u00edstico y hotelero -obtener y almacenar fotocopias de los documentos de identidad turcos de los hu\u00e9spedes- como una actividad il\u00edcita de tratamiento de datos personales en virtud de la KVKK.<\/p>\n<p>Tras esta Decisi\u00f3n de Principio, los operadores de hoteles y establecimientos de alojamiento deben revisar sin demora sus procedimientos de check-in de hu\u00e9spedes, bases de datos, documentaci\u00f3n interna y relaciones con encargados del tratamiento, y completar sus esfuerzos de cumplimiento. Poner fin a todos los procedimientos basados en la obtenci\u00f3n de fotocopias de documentos de identidad, destruir las fotocopias almacenadas en el pasado y documentar adecuadamente estos pasos es de importancia cr\u00edtica para reducir posibles riesgos de sanciones administrativas.<\/p>\n<p><em>Nota: Esta traducci\u00f3n se ofrece \u00fanicamente como cortes\u00eda y puede presentar peque\u00f1as diferencias respecto del texto original.<\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Autoridad turca de protecci\u00f3n de datos proh\u00edbe conservar fotocopias de documentos de identidad en hoteles. 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